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miércoles, 21 de octubre de 2015

El derecho bancario: público y privado


Normalmente el derecho bancario se sitúa en una línea bastante independiente a la rama común del derecho, algo que para nada es así, ya que este no se rige por unos principios independientes ni diferentes en sí del derecho más general. Cualquier despacho de abogados en Cáceres especializados en el derecho bancario se centra en la actividad bancaria, los contratos que allí se acuerdan y las actividades y relaciones que estos llevan a cabo. 

http://www.bufetelucasabogados.com/servicios-juridicos/reclamaciones-bancarias-clausulas-suelo-y-preferentes

Así, se hace la distinción en esta rama del derecho de lo público y lo privado. El derecho público bancario estipula que el servicio que ofrecen los bancos se trata de algo indispensable para cualquier miembro de la población y a lo que todo el mundo debe tener acceso. De ahí su carácter de público, aunque sea una actividad ejecutada por entidades privadas. 

A modo de resumen, es un derecho público en el momento en que son susceptibles de control, inspección o de legislación por algún organismo público y estatal; pero también es privado en tanto a la relación de cada banco con sus clientes, lo que ya pasaría a denominarse derecho mercantil.

martes, 20 de enero de 2015

Pasos a seguir de un abogado en la asistencia de un juicio laboral


Son distintos los casos en los que se puede recurrir a los servicios de abogados laboralistas en Cáceres. De entre los más comunes, este tipo de abogados tienen que abordar temas como impagos de salarios o de finiquitos, despidos considerados improcedentes, accidentes laborales, etc. Para este tipo de casos, siempre es recomendable acudir a un bufete de abogados en Cáceres especializado en asuntos laborales, ya que ellos mejor que nadie conocen la normativa laboral y van a saber encauzar el proceso de la forma más adecuada. 

http://www.bufetelucasabogados.com/

Es tarea del abogado ser realista con el cliente y ponerle sobre la mesa su situación real frente al caso, para reclamar a partir de ahí lo que le pertenece. Lo primero que se suele hacer en estos casos es un encuentro entre ambas partes de carácter extrajudicial, al que son citados mediante la papeleta de conciliación. Si no se llega a un acuerdo, la demanda pasa al juzgado de lo social, en el que tendrá lugar la vista del caso y se dictará una sentencia.